Corte ordena dejar sin efecto el cese de funciones y la declaración de vacancia del cargo de planta de la Directora de Seguridad Pública

La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso comunico el fallo de acceso público Protección N°128.934-2022, mediante el cual se acoge el recurso de protección deducido en favor de la Directora de Seguridad Comunal de Concón doña Paulina Canepa Beltrán, por actos vulneratorios, ilegales y arbitrarios de parte de la Ilustre Municipalidad de Concón, representada por su alcalde Sr. Freddy Ramírez Villalobos.

En dicho fallo, la Ilustrísima Corte ordena DEJAR SIN EFECTO el decreto N°1780-2022 de fecha 12 de julio del presente año, acto administrativo emanado de la máxima autoridad comunal, quien ordenaba el cese de funciones, y la consecuente declaración de vacancia del cargo de planta que detentaba la Directora de Seguridad Pública doña Paulina Canepa Beltrán, mientras la afectada se encontraba haciendo uso de licencia médica por prescripción de reposo absoluto por parte del facultativo gineco-obstetra Sr. Claudio Daviú Torres.

Así lo informó a nuestro medio el abogado de la demandante, señor Karl Pirtzl Saldívar, quien además señala: “De esta forma, tal como comunica la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en su pronunciamiento, el que se encuentra firme y fue debidamente comunicado al alcalde de la comuna, el pasado día jueves 6 de octubre estimó que las actuaciones arbitrarias e ilegales de la autoridad comunal conculcan los derechos fundamentales garantizados en nuestra Constitución Política de la República, consistentes en: A) “Igualdad ante la Ley, esto es, el derecho que tienen las personas, tanto hombres como mujeres a ser tratados de igual forma, sin discriminaciones arbitrarias; B) “El Derecho de propiedad” del cargo de planta que detentaba la Sra. Canepa Beltrán, hasta antes de la emisión de la licencia médica ginecológica emitida por médico facultativo”.

El correspondiente Fallo de Protección N°128.934-2022 puede usted encontrarlo en el siguiente link: Fallo Protección N°128.934-2022

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